Análisis de la Nueva Ley de Propiedad Intelectual

Análisis de la Nueva Ley de Propiedad Intelectual

El pasado 1 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) la cual abroga la ley de la Propiedad Industrial, esta nueva ley contempla distintos cambios en su estructura y en los ordenamientos, entre los cuales se encuentran los siguientes:

  • El nombre del Ordenamiento: Como podemos percibir, de los primeros cambios que hubo fue el nombre, al cual se le agregan las palabras “federal” y “protección”.
  • Reglas Generales: a diferencia del anterior ordenamiento, la LFPPI contempla un capítulo de reglas generales para los distintos tramites a realizar a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI),
  • Secretos Industriales e Información Confidencial: Se incluye como excepción para la consulta de expedientes de cualquier tipo aquellos que contengan secretos industriales o información confidencial, a diferencia de la ley anterior.
  • Registro General de Poderes: Esta nueva ley contempla un capítulo para la Representación y el Registro General de Poderes, el cual en la pasada ley se establecía dentro del capítulo de procedimientos administrativos, en este nuevo capítulo se hace mención de lo que el IMPI tomará como documentos válidos para acreditar las facultades del representante y de las reglas y procedimientos para inscribir las facultades dentro de Registro General de Poderes.
  • Reglas generales para Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados: se reconoce como creador a quien desarrolle esquema de trazado de circuitos integrados, se integran los denominados certificados complementarios en el caso de que en la tramitación de una patente cumpla existan retrasos irrazonables, directamente atribuibles al IMPI que se traduzcan en un plazo de más de 5 años, entre la fecha de presentación de la solicitud en México y el otorgamiento de la patente.
  • Patentes: Se incluye la definición de Características técnicas esenciales dentro del capitulado de patentes, las cuales son aquéllas necesarias para que la invención resuelva el problema técnico, se adicionan como no patentables los métodos para actividades económico-comerciales y el material biológico y genético, tal como se encuentra en la naturaleza.
  • Modelos de Utilidad: se amplía la vigencia de los modelos de utilidad de 10 a 15 años improrrogables.
  • Diseños Industriales: se añade a la protección del diseño industrial los dibujos artesanales con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio.
  • Renuncia, Rectificación y Limitación de Derechos: se incluye el capitulado para estos rubros, en el cual se hace mención que el titular de una patente o registro, mientras se podrá renunciar a este derecho, o solicitar su rectificación o limitación, mediante solicitud dirigida al IMPI.
  • Secretos Industriales: se modifica la definición de secretos industriales para quedar de la siguiente forma: “toda información de aplicación industrial o comercial que guarde la persona que ejerce su control legal con carácter confidencial, que signifique la obtención o el mantenimiento de una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma.”
  • Marcas: se prohíbe el registro de marcas a aquellos signos que incluyan expresiones tales como “género”, “tipo”, “manera”, “imitación”, “producido en”, “con fabricación en” u otros similares que creen confusión en el consumidor o impliquen competencia desleal;
  • Denominación de Origen e Indicaciones Geográficas: se modifica el concepto de denominación de origen para quedar como: “el producto vinculado a una zona geográfica de la cual éste es originario, siempre y cuando su calidad, características o reputación se deban exclusiva o esencialmente al origen geográfico de las materias primas, los procesos de producción, así como los factores naturales y culturales que inciden en el mismo”; se agregar los elementos para la consideración de una indicación geográfica.
  • Procedimientos administrativos y sus consecuencias: se delimitan los alcances de las facultades del IMPI respecto a sanciones, multas o clausuras, se modifican los tipos de notificaciones que podrá emitir el Instituto, se contempla un incremento a las multas por la violación de este nuevo ordenamiento y los delitos penales de los secretos industriales, adicional que con esta nueva ley las multas serán consideradas como créditos fiscales.

 

Lic. María Galaviz

Gloria Ponce de León & Hernández

 

 

Lecciones aprendidas en materia de ciberseguridad derivado de la pandemia

Lecciones aprendidas en materia de ciberseguridad derivado de la pandemia

Es claro que seguimos en medio de la pandemia y que ésta podría seguir generando diversos cambios y modificaciones a medida que se siga desarrollando, los cuales aún no tenemos contemplados, en embargo, en materia de privacidad y seguridad cibernética de la información, las diversas implicaciones legales que le son aplicables al día de hoy ya tienen resultados visibles, por lo que hacemos un listado de algunas lecciones que por su importancia deben ser consideradas como una oportunidad de mejora que todas las empresas, grandes o pequeñas, debemos implementar:

  1. Los ciberataques y amenazas cibernéticas no están en aislamiento.

La seguridad debe acompañarnos en todo lugar y en todo momento, ahora más que nunca. Las nuevas condiciones laborales evidencian que existe una necesidad de contar con mecanismos de protección como lo son soluciones de seguridad y seguimiento de procesos internos que lleven a la aplicación de buenas prácticas.

Conforme la situación continúa desarrollándose, los riesgos siguen en aumento en virtud de que la información es utilizada en equipos o redes que no son corporativas, por lo que las amenazas informáticas aparecen bajo condiciones en donde se tienen controles de seguridad menores, así como en las herramientas para videoconferencias y anexas en donde recientemente aparecieron nuevos riesgos de seguridad. Por lo que se recomienda lo siguiente:

  • Garantizar los procesos de identidad de terceros que tengan acceso a la red de la compañía.
  • Realizar seguimientos constantes de gestión de ciberseguridad para identificar las que puedan verse amenazadas.
  1. Las políticas, procesos y controles de ciberseguridad están de moda.

Derivado que el impacto de los ciberataques es cada vez mayor, las empresas deben ajustarse a los procesos actuales con la intención de seguir con sus operaciones. Como respuesta se deben implementar mayores controles de seguridad de la información y comprender que estas configuraciones de seguridad deben mantenerse en una constante actualización para permanecer seguras.

Las empresas no deben abandonar las medidas de gestión de riesgos cibernéticos ya que la pandemia a generado una mayor capacidad de procesamiento y conectividad que en tiempos anteriores. El ajuste de nuevas políticas de seguridad y gestión de capacidad de las redes de la organización pueden y están haciendo frente de una manera efectiva a las amenazas que los tiempos actuales han planteado.

  1. Toda crisis trae oportunidades de mejora.

El distanciamiento social nos ha obligado a llevar a cabo actividades cotidianas de una forma diferente, para el caso de las Tecnologías de la Información, se trata de una oportunidad para impulsar proyectos de transformación digital.

En el caso de la seguridad, esta transformación debe ser utilizada para promover cambios organizacionales para la protección de activos y de forma general, difundir aún más la cultura de la ciberseguridad, así como crear mayor conciencia sobre el uso seguro de la tecnología, en todo momento y en cualquier lugar. Es necesario que hoy en día se considere una pandemia como un escenario realista al momento de evaluar los riesgos y análisis de impacto de un negocio, pues, aunque la probabilidad es de baja ocurrencia, el impacto como lo hemos visto es elevado.

Todas las empresas deben utilizar los enfoques basados en el impacto que se ha presentado o puede presentar para diseñar sus medidas y planes de respuesta que busquen garantizar la continuidad de sus procesos y actividades, tanto las internas como todas las que tengan un contacto con terceros.

  1. El teletrabajo también puede verse afectado si no se mantiene una correcta seguridad.

Durante esta situación, los colaboradores de las empresas reciben de manera constante una gran catidad de información de fuentes internas y externas al respecto. Estos ataques de ingeniería social o phishing que provocan una presión psicológica puede que reduzca su estado de alerta y esto impacte en su nivel de respuesta ante una amenaza o ciberataque.

Este fenómeno puede provocar que los colaboradores sean más propensos en cometer errores en el manejo de sus procesos o tengan comportamientos no seguros, como compartir información privada o incluso, credenciales de acceso a sus redes y equipos. Por lo que se recomienda constantemente ejecutar acciones de concientización con mensajes bajo los siguientes lineamientos:

  • Tener cuidado al manejar cualquier página web o correo electrónico con asuntos, archivos adjuntos o hipervínculos relacionados al COVID-19.
  • Solamente utilizar fuentes confiables y sitios web legítimos del gobierno con información actualizada sobre temas relacionados con el COVID-19.
  • Nunca revelar información personal ni de terceros, ya sea en páginas web o a través de correos electrónicos.
  1. Los procesos de transformación digital ya no son una decisión propia sino una obligación para seguir como un apto competidor.

Es claro que el proceso a una transformación digital en distintos ámbitos como laboral, educativo o de entretenimiento tiene ya tiempo en desarrollo, sin embargo, la pandemia expuso que hoy en día existe una amplia necesidad de contar con medios alternativos para poder realizar las actividades cotidianas como lo es el teletrabajo.

Hay quienes anterior a la situación mundial actual, ya habían adoptado algunos mecanismos como opción para realizar ciertas funciones por lo que la pandemia tuvo un impacto bajo en sus funciones, así bien los que habían invertido en infraestructura, medidas de seguridad para sus colaboradores para que estos realicen sus actividades desde cualquier lugar que tenga acceso a Internet han visto los beneficios de su inversión.

Por otro lado, es más que evidente que las empresas que ignoraron esta transformación se han visto afectadas por faltas de disponibilidad, fallas en su resguardo de información confidencial hasta faltas de integridad de grupos enteros.

María Fernanda Ortega

Gloria Ponce de León & Hernández

Ley de Infraestructura de la Calidad

Ley de Infraestructura de la Calidad

El día 01 de julio del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Infraestructura de la calidad en sustitución de la Ley Federal de Metrología y Normalización, la ley en comento tiene por objeto fijar y desarrollar las bases de la política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, a través de las actividades de normalización, estandarización, acreditación, Evaluación de la Conformidad y metrología, promoviendo el desarrollo económico y la calidad en la producción de bienes y servicios, a fin de ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo en las cadenas de valor, fomentar el comercio internacional y proteger los objetivos legítimos de interés público previstos en este ordenamiento.

Las instancias encargadas de la normalización forman parte del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad y son las siguiente: La Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, las Autoridades Normalizadoras (a las dependencias o entidades competentes de la Administración Pública Federal facultadas para hacer actividades de normalización y encargadas de la expedición de las normas oficiales mexicanas), y los Comités Consultivos Nacionales de Normalización y, en su caso, sus subcomités y grupos de trabajo.

Las Normas Oficiales Mexicanas deben redactarse y estructurarse conforme a lo establecido en esta Ley y su Reglamento, debiendo ser revisadas al menos cada 5 años posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación o posterior a su última modificación.

Para el Procedimiento de Elaboración y Expedición de las Normas Oficiales Mexicanas, se necesitan el título, el objetivo, campo de aplicación, así como la descripción de los objetivos legítimos de interés público que persigue,  la identificación, así como las especificaciones, características, disposiciones técnicas, datos e información correspondientes al bien, producto, proceso, servicio, terminología, marcado o etiquetado y de información al que será aplicable, el procedimiento, así como que autoridades que deberán de verificar su uso, usar como base las Normas Internacionales aplicables de la materia y establecer el grado de concordancia con la misma, la bibliografía que corresponda, incluir la propuesta de análisis de impacto regulatorio, entre otros.

El Sistema de Metrología y la Metrología Científica, se establece como el encargado de procurar la uniformidad y confiabilidad de las mediciones que se realizan en el país y, asegurar la comparabilidad de las mismas con otros países. Nuevas disposiciones en materia de metrología, se agregan nuevas figuras, tales como la metrología legal, metrología industrial o aplicada, Institutos designados de Metrología, entre otras. Las Normas Oficiales Mexicanas y los Estándares, deberán procurar parámetros internacionales.

Esta ley entrara en vigor a los 60 días de su expedición o publicación en el Diario Oficial de la Federación, así mismo en el termino de 12 meses el ejecutivo Federal deberá emitir el reglamento respectivo de esta ley, esto se dispone en los artículos  transitorios de la ley.

 

Arturo de la Peña Malacara

Gloria Ponce de León & Hernández

Nuevos lineamientos para el funcionamiento de los Juzgados y Salas Civiles y Familiares en la Ciudad de México, así como el uso en juicios de servicios en línea

Nuevos lineamientos para el funcionamiento de los Juzgados y Salas Civiles y Familiares en la Ciudad de México, así como el uso en juicios de servicios en línea

Con el fin de evitar aglomeraciones en los juzgados y evitar contagios por la Pandemia de COVID-19 el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México aprobó éste mes de julio que van desde brindar atención con previa cita hasta el llevar juicios en línea en materia civil y familiar.

En el siguiente link podrás solicitar tu cita:

https://citasopc.poderjudicialcdmx.gob.mx/

Por lo que el 9 de julio del 2020 se aprobó la circular 24/2020, en la cual se manifiestan los lineamientos para llevar a cabo este servicio de procuración de justicia, aquí los puntos más relevantes:

  • Los procedimientos judiciales en línea son gratuitos.
  • De estos procedimientos solo se genera expediente virtual no físico.
  • Para utilizar los servicios antes mencionados es necesario contar con:

FIREL: Firma electrónica certificada por el poder judicial de la federación, la cual podrás solicitar en el siguiente link:

https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/Home/SolicitaFirel

e-Firma: Firma electrónica certificada por el sistema de distracción tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

  • Solo podrán tramitarse en línea a petición de parte los siguientes procedimientos:
  1. Divorcio incausado
  2. Jurisdicción Voluntaria
  3. Dependencia económica
  4. Acreditación de concubinato.
  • Se deberá contar con al menos un correo electrónico.
  • Las audiencias se llevarán de manera virtual en la hora y fecha señalada.
  • Las audiencias podrán suspenderse o cancelarse por incumplimiento de alguna de las partes.

Así como también se autorizó que a partir del día unes 13 de Julio del presente año se habilite la recepción de promociones electrónicas autenticadas, con firma electrónica, ante la oficina virtual, de la oficialía de partes común de salas y juzgados.

De igual manera se estableció como inicio de labores el día 3 de agosto para los postulantes y/o cualquier persona interesada.

Los trámites subsecuentes a la recepción de un escrito inicial de consignación se harán conforme al número de terminación del folio asignado, salvo que se trate de pensiones alimenticias, en los siguientes días:

 Lunes, folio con terminación 1 y 2, Martes, folio con terminación 3 y 4. Miércoles, folio con terminación 5 y 6 Jueves, folio con terminación 7 y 8, Viernes, folio con terminación 9 y 0.

Así como el Centro de Justicia Alternativa cuenta con el servicio de mediación y facilitación en Línea.

De igual manera el Poder Judicial de la CDMX virtual cuenta con la búsqueda de testamento para Notarias y Notarios.

Lic. Javier Estrada

Gloria Ponce de León & Hernández

 

La revolución de “Legaltech” del COVID-19

La revolución de “Legaltech” del COVID-19

La crisis sanitaria del COVID-19 ha afectado la economía de todos los sectores y ha puesto a prueba la capacidad de resiliencia de los negocios mexicanos que han tenido que adaptarse a la situación actual.

Los despachos y firmas legales se han tenido que adaptar encontrando una solución obligada en el teletrabajo. Razón por la cual, las soluciones tecnológicas Legaltech se incorporan como un valor añadido que se concreta en la posibilidad de automatizar procesos, tareas y trámites utilizando tecnología para ser más eficientes.

El futuro del Smart Working se basa  no solo en la digitalización total de la firma o despacho en cuestión mediante migraciones a servicios cloud, la incorporación de soluciones que integren inteligencia artificial y los medios de comunicación idóneos, sino, también en la creatividad, re invención de modelos de negocio, solidaridad y colaboración.

En este sentido, la digitalización supone una elevada obtención de información de clientes y colaboradores, por lo que, establecer políticas internas de seguridad para garantizar que el tratamiento de los datos personales efectuado por todos los colaboradores sea igual de seguro como el que se hace dentro de la oficina es una prioridad, así como, el tratamiento adecuado de los datos compartidos por los clientes que serán almacenados en servicios cloud.

Por otro lado, una administración de proyectos adecuada requiere de solidaridad y colaboración, de manera que, en cada proyecto se tenga como prioridad conocer los tiempos establecidos, minorizar riesgos y proponer diferentes niveles de contingencias que apoyen y eviten cualquier tipo de inconveniente que lleve a la insatisfacción del cliente.

Los profesionales que presenten una mayor adaptación al uso de la tecnología comprenderán como funcionan las alternativas Legaltech que permiten una mayor eficiencia para seguir ofreciendo servicios legales de calidad.

Lic. Génesis Moyeda Salazar

Gloria Ponce de León & Hernández

El futuro de la Abogacía

El futuro de la Abogacía

Junto a miles de industrias, ya sean dedicadas a ofrecer un producto o bien un servicio, la abogacía empieza a sufrir un cambio que va a poner a prueba a todos aquellos que dedican su vida a ofrecer servicios jurídicos de especialización.

En el tiempo que llevamos viviendo una nueva normalidad el sector jurídico ha dado grandes brincos y modificaciones en su manera de operar. Empezamos a ver cada día menos citas personales que se han modificado por llamadas telefónicas y/o videollamdas, grandes oficinas que han reducido su espacio físico a uno virtual y a grandes firmas ofrecer un servicio de especialización distinto al que se acostumbraba.

Si bien el Derecho es una ciencia muy amplia que contiene decenas de ramas diferentes, es cierto que había unas cuantas privilegiadas que era el pan de cada día para muchos abogados y ahora, con toda esta transformación que estamos viviendo, empiezan a florecer más y más especializaciones que se han catapultado como grandes promesas para un negocio jurídico en cualquier firma jurídica. Hay muchas que eran y seguirán siendo muy recurridas por la simple naturaleza de las personas, pero dados los cambios que vivimos no solo los despachos, si no que la gran mayoría de los negocios de servicios de especialización mudarán sus servicios para ofrecerlos de manera virtual en un movimiento nuevo que ahora también existirá tal mercado para estas empresas.

El gran truco para todas estas empresas de prestación de servicios profesionales no va a ser el darse a conocer, para ello existen grandes herramientas como cursos, pláticas abiertas, etc., si no que encontrar la manera de monetizar esta nueva herramienta de promoción que te dan las aplicaciones y redes sociales.

Existirán ramas, como se mencionó anteriormente, que su popularidad era poca y que en estos momentos sin duda explotarán y será trabajo de cada abogado actualizarse en temas de interés social y avanzar, junto con la ciencia en general, a fin de no quedarse rezagado en información y conocimiento.

El comercio electrónico ya nos alcanzó, una modalidad donde no todos se sienten cómodos, pero necesaria para la subsistencia del negocio que se trate, el comprar y/o vender un servicio de manera virtual va a ser, sin lugar a dudas, algo a lo que más temprano que tarde vamos todos a recurrir. En la abogacía no va a ser diferente, estamos obligados a cambiar la manera de operar, de atraer clientes y de no solo darnos a conocer, si no también a monetizar la promoción que cada quien le dé al servicio.

Licenciado Antonio Quiroga

Gloria Ponce de León & Hernández