La ley de Inversión Extranjera establece, en su artículo noveno, una condición para que una sociedad mexicana sea adquirida por inversión extranjera, independientemente de que sea una inversión directa o indirecta. Es indispensable que la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras resuelva favorablemente la solicitud de adquisición cuando el monto total de activos de la sociedad, el cual determina anualmente la propia Comisión, sea rebasado.
El nuevo monto total de activos se fijó al aplicar la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante 2017 (1) al monto anterior resultando en $18,211,163,933.16 el cual estará vigente para 2018, y en tanto la Comisión no emita nueva Resolución General.
Consulta la Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación en: https://bit.ly/2v9kMD7
1 INEGI (2017) Producto Interno Bruto Nominal Trimestral Según Actividad en 2017, recuperado de: http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/cn/pibt/tabulados.aspx
Lic. Alan Petz
Gloria Ponce de León & Hernández