El Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social busca reformar el artículo 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para incluir a las asociaciones religiosas entre las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles.
Históricamente las asociaciones religiosas han sido participes de las actividades asistenciales en México y, a través de los años, el marco legal que regula las distintas personas morales con fines asistenciales ha cambiado drásticamente. Desde la Conquista, con órdenes y grupos religiosos, pasando por las Leyes de Reforma cuando el gobierno liberal tomó una parte de las instituciones de beneficencia, generando la división entre asistencia pública y privada, hasta el sistema con el que contamos hoy en día.
Esta iniciativa se fundamenta en que las actividades asistenciales realizadas por las organizaciones o instituciones religiosas no difieren a las actividades realizadas por las asociaciones civiles sin embargo, únicamente las asociaciones civiles son consideradas para recibir donativos deducibles, no son contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y cuentan diversas ventajas fiscales.
Lo anterior, se traduce en una desventaja operativa y económica con la que tienen que cargar las asociaciones religiosas para desempeñar estas actividades. La iniciativa busca lograr su autorización para recibir donativos deducibles teniendo en cuenta que el 29% de los alojamientos de asistencia social es sostenido por agrupaciones religiosas según el Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
La iniciativa fue sometida a consideración el pasado 4 de septiembre de 2018.
Fuente: Gaceta Parlamentaria Año XXI – Número 5106-III p.20-22
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Lic. Alan Petz
Gloria Ponce de León & Hernández