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15 Abr

Covid-19: Extensión de plazo de aplicación de medidas adoptadas por la Procuraduría Federal del Consumidor

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Derivado de la Pandemia global generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) la Procuraduría Federal del Consumidor el día 20 de marzo de 2020 publicó en el Diario Oficial el “ACUERDO que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos dentro del cual estableció los siguiente:

  1. Todos los procedimientos de conciliación que tuvieran fecha programada del 23 de marzo de 2020 al 20 de abril de 2020, serán atendidos telefónicamente o a través de correo electrónico. Para las que no sea posible atender de tal forma serán diferidas a la fecha más próxima que sea posterior al 20 de abril de 2020.
  2. Las quejas o reclamaciones de las Oficinas de Defensa del Consumidor durante el 23 de marzo de 2020 al 20 de abril de 2020, se recibirán por teléfono o correo electrónico. Se puso a disposición un directorio con teléfonos y correos electrónicos en su página de internet: https://www.gob.mx/profeco.
  3. Para las quejas en materia de telecomunicaciones se habilitó el correo electrónico: quejastelecomunicaciones@profeco.gob.mx.
  4. Se seguirá efectuando la recepción de quejas o reclamaciones de Concilianet que es a través de la plataforma digital en la página: https://concilianet.profeco.gob.mx/Concilianet/inicio.jsp y la recepción de quejas o reclamaciones para la Conciliación a Residentes en el Extranjero a través de el correo electrónico: extranjeros@profeco.gob.mx.
  5. El servicio de Conciliaexprés estará habilitado con el objetivo de generar conciliaciones exprés sin necesidad de acudir a ninguna oficina de la Procuraduría Federal del Consumidor vía telefónica por medio del Teléfono del Consumidor (5568-8722 en la Ciudad de México y área metropolitana, y 800-4688722 para el resto de la República). También se puso a disposición un directorio con los números telefónicos de cada Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO) al cual se puede acceder en la siguiente liga: https://www.gob.mx/profeco/acciones-y-programas/oficinas-de-defensa-del-consumidor-en-el-pais
  6. Se suspendieron los términos y plazos procesales para la sustanciación de Procedimientos por Infracciones a la Ley y Procedimientos Arbitrales del 23 de marzo de 2020 al 20 de abril de 2020 en todas las unidades administrativas de la Procuraduría Federal del Consumidor.
  7. Se suspendieron los términos y plazos procesales en los Registros Públicos respecto de Contratos de Adhesión, incluidos los relativos a Telecomunicaciones y su emisión de dictámenes; de Consumidores, y el de Casas de Empeño del 23 de marzo de 2020 al 20 de abril de 2020.
  8. La Procuraduría continua en el ejercicio de sus atribuciones respecto de vigilancia y verificación en materia de precios y tarifas y en general, del cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y en el ámbito de su competencia, las de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y de las normas oficiales mexicanas.

Ahora bien, el día 30 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General del país, publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo dentro del cual declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)[2] y, se estableció que todas las acciones que resultaran necesarias para atender la emergencia serían determinadas por la Secretaría de Salud.

Posteriormente, la Secretaría de Salud emitió el día 31 de marzo del 2020, el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2(COVID-19),[3] en donde entre otras cosas, ordena la suspensión inmediata de las actividades no esenciales en los sectores público, privado y social del periodo comprendido entre el 30 de marzo al 30 de abril del 2020.

En consecuencia de lo anterior, el día 01 de abril de 2020 la Procuraduría Federal del Consumidor emitió un nuevo Acuerdo[1] con la finalidad de modificar el “ACUERDO que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican” e informar que las medidas especiales adoptadas con motivo del SARS-CoV2 (COVID-19) publicadas el 20 de abril de 2020 se extenderían en seguimiento a las indicaciones emitidas por la Secretaría de Salud hasta el 30 de abril de 2020.

En conclusión, todas las medidas especiales adoptadas Procuraduría Federal del Consumidor con motivo del SARS-CoV2 (COVID-19) se mantendrán efectivas hasta el próximo 30 de abril de 2020.

[1] Procuraduría Federal del Consumidor. (01 de abril de 2020). ACUERDO por el que se reforma el Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican, publicado el 20 de marzo de 2020. DOF. Disponible para consulta: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590983&fecha=01/04/2020

[1] Procuraduría Federal del Consumidor. (20 de marzo de 2020). ACUERDO que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican. DOF. Disponible para consulta en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590066&fecha=20/03/2020

[2] Consejo de Salubridad General. (30 de marzo de 2020). ACUERDO por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). DOF. Disponible para consulta en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590745&fecha=30/03/2020

[3] Secretaría de Salud. (31 de marzo de 2020). ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. DOF. Disponible para consulta en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020

Licenciada María Fernanda Ortega

Gloria Ponce de León & Hernández

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