Si bien se entiende que son retos complicados los que el comercio en general vive día a día, desde mantener clientes, hasta cumplir con las obligaciones obrero patronales, con las nuevas reformas a la Ley Federal del Trabajo que entraron en vigor este año, se agregan distintos retos para los empleadores en el caso de que sus trabajadores mantengan un tiempo de por lo menos el 40% de su trabajo en la modalidad de home office.
Estas reformas obedecen a una serie de cambios generados en las condiciones en las que el trabajador está cumpliendo su jornada laboral dado los cambios y adecuaciones que la población en general ha tenido que realizar. Lo anterior le genera, en la mayoría de los casos, mayor gasto que no estaba en su presupuesto, así como libera al patrón de ciertos pagos que normalmente realizaba y que por el momento ya no carga.
Dentro de todas las modificaciones que se realizaron a la Ley Federal del Trabajo existen reformas encaminadas a regular el teletrabajo, donde se busca una mayor facilidad al trabajador para poder contar con las herramientas necesarias para su cumplir con sus responsabilidades laborales, entre las que destacan las siguientes:
- Pago de servicios de telecomunicación y electricidad. Esto refiere a la parte proporcional del consumo generado por sus horas trabajadas y el uso constante de equipo, así como el internet que se consume y que anteriormente no era necesario cubrir.
- Constante capacitación para completar satisfactoriamente la jornada laboral una vez que son instalados en la modalidad de teletrabajo.
- No podrán ser sancionados los empleados que se desconecten al término de su jornada laboral, sin embargo, aquí se encuentra la línea delgada entre dejar el trabajo a medias y cumplir con las responsabilidades.
Como en la mayoría de los casos, la principal vía para que esto resulte favorable para ambas partes en una relación laboral, es sin duda la comunicación y acuerdo escrito entre los involucrados, en donde se tiene en mente las circunstancias tan extraordinarias en las que nos vemos obligados a trabajar actualmente.
Lic. Antonio Quiroga Trápala
Gloria Ponce de León & Hernández