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28 Ene

Efectos del COVID-19 en los Contratos

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El año pasado fue declarado, en todo el mundo, un estado de alarma sobre la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.  Por lo anterior una serie de decretos, normas y medidas de índole sanitaria y jurídica han sido emitidos con el fin de minimizar o controlar los efectos que esta crisis sanitaria ha tenido, es por ello que de forma automática han surgido un sinnúmero de cuestionamientos sobre el impacto que ha tenido el COVID-19 tanto en las empresas como con lo particulares en el cumplimiento de sus obligaciones.

Una de las afectaciones principales que hemos vivido ante la situación actual en el ámbito legal, es la relacionada al aspecto contractual.  Si bien ninguna de las normas o decretos que han sido emitidos hasta ahora alteran como tal el marco jurídico de los contratos y obligaciones entre particulares, sin embargo, algunas de las cláusulas contenidas en los mismos no pueden ser llevadas a cabo o cumplimentadas de conformidad con lo acordado.

Tomando en cuenta lo anterior, es necesario analizar aquellos escenarios en los que la propia ley permite liberar del cumplimiento de las obligaciones generadas a través de los contratos por presentarse un caso fortuito o de fuerza mayor o, solicitar que reestablezcan las obligaciones de las partes, considerando que la existencia de este tipo de situaciones imprevistas puede ocasionar cargos onerosos para alguna de las partes.

De igual forma se deberá de considerar lo que las partes que hayan celebrado el contrato, hayan estipulado en el mismo sobre los casos y efectos si se llegaré a presentar algún supuesto de fuerza mayor o algún supuesto que hiciere imposible el cumplimiento de las obligaciones.

Por regla general las partes están obligadas a cumplir íntegramente con lo que se haya estipulado en el contrato, sin embargo, para aquellos casos en los que no hayan señalado alguna cláusula precautoria o algún escenario en el que incluyeran supuestos de fuerza mayor, las partes de común acuerdo podrían establecer cuál sería el paso a seguir e inclusive celebrar algún convenio modificatorio sobre el contrato original a efecto de pactar estos cambios de manera formal.

Sobre la posibilidad de realizar algún convenio modificatorio sobre el contrato original, a efecto de modificar o resolver algún punto sobre ciertas cláusulas del contrato, no podrá ser aplicable a aquellas obligaciones que hayan existido previo a los eventos de fuerza mayor, sin embargo si podrá ser aplicable sobre las obligaciones que aún se encuentran pendientes de ser cumplidas, siempre y cuando las partes no se encuentren en incumplimiento o que en su momento hayan actuado de forma fraudulenta.

A manera de conclusión, la situación sanitaria actual derivada de los efectos del COVID-19, han tenido y tendrán un impacto relevante sobre las obligaciones contractuales de los particulares, así como en las futuras negociaciones que se realicen sobre los contratos. En los contratos que ya fueron celebrados y que ya generaron obligaciones para las partes se tendrán que verificar las acciones a seguir a efecto de validar cuáles obligaciones se pueden cumplimentar aún bajo condiciones diferentes y cuáles serán objeto de una modificación bajo un convenio modificatorio, lo anterior a efecto de evitar afectaciones y brindar el mayor beneficio a las partes.

Lic. Melissa Sánchez

Gloria Ponce de León & Hernández

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