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2 Mar

Qué es, requisitos y motivos de cancelación del “Distintivo Digital PROFECO”

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En el último año el comercio electrónico no solo en el mundo entero sino en México, creció de manera exponencial, exponiendo a los consumidores a riesgos para con los proveedores, motivo por el cual las quejas en contra de los suministradores de comercio electrónico se incrementaron de enero a septiembre de este año al reportarse 11 mil 697, mientras que en el mismo lapso del 2019 fueron 6 mil 788.

Es por lo anterior que en un afán de generar confianza en los consumidores mediante una compra segura en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos ópticos o de cualquier otra tecnología, el 26 de febrero de 2021 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los “Lineamientos para la Solicitud, Uso y Registro del “Distintivo Digital Profeco”.

Pero ¿Qué es el Distintivo Digital Profeco? En su artículo tercero de los Lineamientos, se definen como un beneficio con calidad de reconocimiento oficial que se otorga a aquellos proveedores de bienes, productos o servicios que se destaquen por promover y favorecer la seguridad, transparencia, confidencialidad, debida información, así como brindar mayor confiabilidad y certeza jurídica al consumidor en el comercio electrónico, los cuales además deberán estar sujetos de manera voluntaria a la Norma Mexicana NMX-COE-001-SCFI-2018; crear y difundir publicidad veraz, comprobable y clara, que cumpla con los requisitos contenidos en el artículo 32 y en el Capítulo VIII BIS de la Ley; Crear, mantener e impulsar prácticas comerciales que no sean abusivas, coercitivas, desleales, engañosas o que lesionen los derechos e intereses de los consumidores, así como fomentar la confianza en el uso del comercio electrónico a través de las buenas prácticas; Implementar mecanismos internos eficaces para prevenir, atender y satisfacer las quejas y reclamaciones de los consumidores realizadas conforme a la normativa aplicable en materia de consumo.

Una vez cubiertos lo que de manera general los lineamientos sugieren como definición y a su vez requisitos para la obtención de dicho Distintivo, el proveedor deberá además cumplir con lo siguiente:

  • Los proveedores interesados, deberán llenar el formato de solicitud de obtención del Distintivo disponible en la página oficial de la Procuraduría
  • Acreditar su personalidad jurídica;
  • Ser proveedor con al menos un año de antigüedad, inscrito ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá exhibir Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria;
  • No tener adeudos de pago de multas impuestas por la PROFECO, derivado de los procedimientos desahogados y por resolución definitiva dictada por la Procuraduría o sentencia firme ante los órganos jurisdiccionales correspondientes;
  • Haber comparecido a los procedimientos conciliatorios a los que fue notificado, con el propósito de solucionar las desavenencias con los consumidores;
  • Contar con registro de contrato de adhesión de carácter voluntario ante la Procuraduría;
  • Copia de la constancia vigente de su inscripción en el registro del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM), de la Secretaría de Economía;
  • Copia de la constancia vigente de su inscripción en el Registro Nacional de Turismo, en su caso;
  • Haberse adherido al Código de Ética en materia de Comercio Electrónico implementado por la Procuraduría o, en su caso, presentar el código de ética que lo rige, el cual deberá cumplir estándares mínimos, similares al emitido por esta Procuraduría, y en los que se incluyan la publicidad digital y la protección a los derechos humanos de los grupos vulnerables;
  • Contar con certificado vigente de seguridad “https” para el sitio web de la tienda virtual.

Una vez cumplidos los requisitos se obtendrá el distintivo y este deberá ser visible en la parte superior derecha de todas las páginas electrónicas de la empresa, así como en todos los hipervínculos asociados a ellas o aquellos que se direccionen a desde la página electrónica principal del proveedor.
Si el consumidor decide realizar una compra, el Distintivo debe estar presente en todas las páginas que involucren el proceso de formalización de ésta, ya sea dentro de la misma página electrónica del proveedor o el sitio que éste utilice para hacer dichas transacciones.

Para participar en su obtención, la PROFECO lanzará una convocatoria cada seis meses, la cual será difundida a través de medios y redes sociales institucionales, así como dos periódicos de circulación nacional.

Cabe destacar que la vigencia es de un año y tendrá un costo aproximado de $3,800.00 pesos (183 DLS).

Finalmente es importante que sepas que incumples con lo establecido en la Norma Mexicana NMX-COE-001-SCFI-2018, el Código de Ética en Materia de Comercio Electrónico, o bien, hayas obtenido con evidencias documentales falsas o que no corresponden a tu actividad comercial como proveedor, no informaste a la PROFECO sobre el cambio de domicilio o de denominación social, se acredite el uso indebido del Distintivo y/o cuando éste se utilice alterando las características de identidad gráfica establecidas en los lineamientos, la PROFECO procederá a la cancelación del distintivo y por ende a suspender su uso en la página electrónica del proveedor, teniendo además como consecuencia el no poder solicitar el Distintivo en el plazo de un año contado a partir de la fecha de notificación de la cancelación del mismo.

Si tienes duda acerca de este tema no dudes en acercarte a nosotros.

Carolina Áviles

Gloria Ponce de León & Hernández

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