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22 Mar

Iniciativa de reforma para regular las Redes Sociales

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El senador Ricardo Monreal Ávila, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiofusión, en donde se proponen establecer las bases y principios generales de la protección a la libertad de expresión en las redes sociales, así como dotar al Instituto Federal de Telecomunicaciones de las atribuciones necesarias con el fin de que pueda garantizar el ejercicio de dicho derecho humano en el ámbito del ciberespacio y establecer límites claros a los propietarios de las mismas respecto de la suspensión y eliminación de cuentas aportando a la seguridad jurídica de usuarios y prestadores del servicio.

Para tal efecto, se incluye en el artículo 3° la definición de servicio de redes sociales y de aquellas relevantes que cuentan con un millón o más de usuarios, motivo por el cual se considera que ese tipo de red social es capaz de generar un impacto mayor en procesos de comunicación social y en la esfera jurídica de los ciudadanos. Esta regulación persigue el propósito de delimitar el ámbito de protección únicamente a aquellos casos que verdaderamente pueden afectar la libertad de expresión en redes sociales que cuentan con una comunidad amplia como Facebook, Twitter, Instagram, Youtube y Snapchat.

Asimismo, las redes podrán establecer mecanismos para suspender o eliminar cuentas y contenidos de acuerdo con términos previamente autorizados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), también establece que sólo podrán eliminarse o suspenderse cuentas y contenidos que difundan noticias falsas, expresen mensajes de odio, afecten a los derechos de los menores de edad, revelen datos personales o provoquen algún delito.

Por otro lado, las redes sociales deberán tener un procedimiento interno para impugnar la suspensión de cuentas y contenidos que sea resuelto en un plazo máximo de 24 horas y atendido por personas especialistas en derechos humanos y libertad de expresión, y en caso de que las redes sociales no resuelvan la impugnación se podrá presentar una queja por violación a la libertad de expresión ante el IFT que ejercerá como árbitro entre las partes.

En caso de que se acreditaran violaciones a la libertad de expresión se prevén multas de 89.62 millones de pesos, lo equivalente a 4.4 millones de dólares, asimismo, se impone la obligación de las personas físicas o morales que se encuentren prestando el servicio de redes sociales, que por continuar realizando su actividad deberán solicitar al Instituto la autorización para proveer el servicio de redes sociales en un plazo de 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor de los lineamientos y deberán someter para aprobación del Instituto los términos y condiciones del servicio.

Lic. Génesis Moyeda Salazar

Gloria Ponce de León & Hernández

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