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24 Mar

Regulaciones sobre la producción, investigación y uso médico del Cannabis

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Sin duda alguna y a pesar de que aún falta la aprobación del Senado de la República, el Decreto por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal aprobado en lo general por la Cámara de Diputados el 11 de marzo de 2021, México ha dado un gran paso en cuanto a la regulación del uso lúdico de la marihuana.

Pero también, anterior al dicho decreto, el 12 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal del  cannabis y sus derivados farmacológicos, el cual como se ha mencionado en artículos anteriores tiene por objetivo establecer los lineamientos mediante los cuales, las personas que deseen dedicarse a la producción de marihuana, cuenten con una regulación especifica que impida la comisión de un delito pero sobre todo, cuenten con una herramienta que haga crecer la investigación más a fondo de las bondades de la cannabis que ha demostrado tener más beneficios que daños hacia la salud de quienes la consumen.

Las regulaciones mencionadas forman parte de las acciones de cumplimiento de la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), a la ejecutoria 57/2019 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se pretende cumplir seis puntos esenciales:

  • Regulación,
  • Control,
  • Fomento,
  • Uso lúdico,
  • Comercialización a través de la industria
  • Vigilancia sanitaria del cannabis como materia prima, sus derivados farmacológicos y medicamentos de la cannabis.

Aún falta mucho por recorrer en cuanto a las reformas necesarias a las Leyes y Códigos correspondientes para armonizarlos con los nuevos Reglamentos, así como un amplio criterio de las autoridades al momento de otorgar los permisos necesarios o incluso, juzgar la posible comisión de un delito con la posesión del cannabis más allá de lo permitido o incluso, el tema del turismo cannabico que se ha dado en otros países, es decir, evitar que el uso lúdico de la marihuana por personas extranjeras dañen a terceros.

De igual manera resulta importante sensibilizar a los adultos, padres y jóvenes sobre el uso recreativo de la marihuana sin dañar a terceros y siempre dentro del marco de legalidad que las Leyes y Reglamentos permitan.

A manera de conclusión, resulta emocionante y genera grandes expectativas las reformas recientemente publicadas y discutidas en las Cámaras por el hecho del crecimiento económico que la industria va a generar en México dentro del marco de la legalidad, sobre todo por las bondades que faltan aun por descubrir; queda un largo camino por recorrer pero resulta inevitable la generación de grandes expectativas para la producción de marihuana, por lo que si tienes alguna duda sobre los requisitos para poder crear tu industria, comercializar los compuestos o bien crear tu empresa productora de cannabis no dudes en acercarte a nosotros.

Lic. Carolina Áviles

Gloria Ponce de León & Hernández

 

 

 

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