El pasado mes de Diciembre, se publicó en la Gaceta de la Ciudad de México el decreto que se adiciona el artículo 156 Bis al Código Fiscal de la Ciudad de México, en donde se establecen obligaciones en materia de subcontratación y menciona que las personas físicas o morales que contraten o subcontraten, independientemente de la forma en que se denominen los servicios proporcionados por un contratista, aún cuando la erogación por remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona, deberán presentar ante la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX (SAF) un aviso dentro de los 10 días siguientes a aquél en que se celebre el contrato respectivo o se realicen modificaciones.
A través de un comunicado la SAF manifestó que el cumplimiento de dicha obligación se deberá realizar por medio de un aplicativo que se encontrará disponible en el Sistema de Administración de Contribuciones (SAC), en el que se podrá ingresar con la e.firma del contribuyente; sin embargo, aún no se encuentra disponible la plataforma para presentar el aviso.
Es importante mencionar que GP&H recomienda dar cumplimento de manera preventiva a los lineamientos posibles de la reforma propuesta por gobierno federal en el tema de subcontrataciones “outsourcing”, toda vez que los gobiernos estatales coadyuvaran al gobierno federal para identificar a las empresas que utilicen u operen bajo estos esquemas.
Giselle Villanueva Chagoya
Gloria Ponce de León & Hernández