COFECE autoriza la utilización de Firma Electrónica Avanzada

COFECE autoriza la utilización de Firma Electrónica Avanzada

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) a través de su órgano rector como lo es el Pleno y derivado del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación se autorizó la utilización de la Firma Electrónica Avanzada emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y autorizada por la Secretaría de la Función Pública y la Secretaria de Economía.

Con motivo de la pandemia, las dependencias de los tres niveles de Gobierno han preponderando la utilización de los avances en la tecnología y las herramientas que estas dan a la humanidad, lo anterior para dar celeridad al funcionamiento del Gobierno y dependencias, así como los tramites internos o externos que se tenga con los funcionarios o con el público en general.

La Comisión Federal de Competencia Económica, podrá utilizar por los Comisionados, los Titulares de las Unidades Administrativas, los Directores Ejecutivos de la Comisión, o aquellos funcionarios públicos que por mandato de ley o ausencia de los anteriores recaigan sus facultades o las deleguen, es solo para asuntos de control interno, o procedimientos administrativos, los documentos que contengan   la Firma Electrónica Avanzada, tendrán plena validez si contienen la cadena original,  certificado digital, fecha y hora, salvo prueba en contrario.

La Dirección General de Administración de la Comisión, seleccionara la solución tecnológica más eficiente para la utilización de la Firma Electrónica Avanzada, para la generación de documentos electrónicos, capacidad para enviar, generara y archivar, que resulten necesarios tanto para los procedimientos internos de carácter administrativo como para las comunicaciones de carácter interno de la Comisión.

Una vez autorizado la solución tecnológica o el sistema que proveerá de las herramientas ala Comisión para el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cada servidor púbico competente para registrar su usuario deberá proporcionar: su nombre, puesto, área de adscripción,  Registro Federal de Contribuyentes (RFC) , Clave única de Registro de Población, para darse de alta necesitará ser funcionario o autorizado por la Comisión Federal de Competencia Económica o  dependiendo de su puesto, tener la Firma Electrónica Avanzada vigente, a los tres días de haber mandado la solicitud de alta se le enviara un correo con el manual de usuario y demás datos para poder utilizar esa herramienta.

Se podrá cambiar el usuario o hacer modificaciones mediante Dirección Ejecutiva de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, cada servidor público deberá resguardar su usuario y será responsable por el uso del mismo.

En caso de interrupción o falla en la solución tecnológica, se deberá dar aviso Dirección Ejecutiva de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para que realice las gestiones necesarias para resolver el problema técnico y mientras persista la falla técnica los servidores públicos autorizados deberá utilizar  escritos en papel y con la Firma Autógrafa.

Lic. Arturo de la Peña

Gloria Ponce de León & Hernández

Consecuencias Jurídico-Económicas del COVID-19 en México

Consecuencias Jurídico-Económicas del COVID-19 en México

El COVID-19 ha traído serie de efectos y consecuencias jurídicas, que afectan a diversas áreas del Derecho no nada más en México si no de manera mundial. La generación de la aplicación de una cuarentena provocada por una alarma sanitaria ha generado un gran impacto en todo el sector empresarial, en los estados y también en los particulares.

El año 2020 quedará marcado por una crisis económica debido a la pandemia por el coronavirus COVID-19, ya que todas las empresas (mico, pequeñas, medianas y grandes) así como los particulares ya hasta aquellas personas que se encuentran en el sector informal han visto alteradas sus actividades económicas.

A medida que el COVID-19 se fue esparciendo por los países, los gobiernos fueron tomando medidas para hacerle frente a la crisis, generándose un impacto en la economía e implicaciones legales para las organizaciones ya sean públicas o privadas.

Los temas de procesos legales, cumplimientos normativos, contractuales, entre muchos otros aspectos legales se han visto afectados y deberán ser tomados en consideración:

En los procesos legales (juicios) tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Poder Judicial de la Federación, así como los Podres Judiciales de cada estado del país han determinado la suspensión de labores y en consecuencia la suspensión de plazos procesales, exceptuando los órganos jurisdiccionales en materia penal, por lo que hay que estar atentos a los informes y acuerdos para las reaperturas de labores y plazos procesales en cada uno de los estados.

Por lo que se refiere a temas de cumplimientos normativos, es primordial determinar las obligaciones de cumplimiento a corto, mediano y largo plazo y la autoridad con la que se debe de realizar, ya sea autoridades locales, estatales y/o federales, que podrían verse en la necesidad una suspensión de labores debido a la pandemia, y determinar una estrategia que reduzca algún posible incumplimiento; de esta manera también se estarían creando elementos para comprobar  que se tomaron medidas para continuar en cumplimiento de sus obligaciones.

Los temas contractuales deberán ser revisados y determinar aquellas implicaciones ante un posible incumplimiento y tratar de renegociarlos para que los participantes salgan lo menos perjudicados posible, aquellos contratos que contengan una cláusula de fuerza mayor deberán determinar y cumplir con el proceso generalmente de avisos para que estos no conlleven a alguna penalidad.

Algo determinante será robustecer las relaciones con clientes y proveedores para que ambas partes puedan consolidar sus relaciones ante esta pandemia.

Lic. Javier Estrada

Gloria Ponce de León & Hernández

Comunicado del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal

Comunicado del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal

El pasado 08 de junio del 2020, se emito un comunicado por parte de la Dirección General de Comunicación Social y Vocería del Consejo de la Judicatura Federal en el cual informa al público en general, litigantes y justiciables, que se aprobó la utilización, integración y tramitación, independientemente de su instancia o materia a cargo de los órganos Jurisdiccionales del Consejo de la Judicatura Federal.

Lo anterior, significa que  a partir del día 16 de junio del año en curso, ya se podrán presentar promociones, demandas de amparo directo o indirecto, recursos, procedimientos en materia mercantil  o civil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano, conforme al artículo 104 Fracciones I, II de la Constitución de los Estados Unido Mexicanos,  así como incidentes, o  hasta desahogar diligencias, audiencias, sesiones ,mediante videoconferencias, apoyándose con el Portal de Servicios en línea y del Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación o FIREL (Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación) u otro cualquier medio o avance tecnológico.

Por último, insistió que del día 16 al 30 de junio de 2020, amplían la suspensión de actividades físicas y mantiene el esquema de la tramitación y resolución de casos urgentes o aquellos asuntos que solo hagan falta dictar la sentencia respectiva.

  Licenciado Arturo de la Peña

Gloria Ponce de León & Hernández

Retos previsibles para el Sector Legal en la “Nueva Normalidad”

Retos previsibles para el Sector Legal en la “Nueva Normalidad”

Actualmente nos encontramos como sociedad ante una situación de adversidad, que nos obliga a encontrar soluciones alternas (y muchas veces creativas) para cumplir con nuestro día a día.

Para el sector legal no es diferente, y lejos de ser un problema, nos encontramos ante una oportunidad de innovar y eficientar la abogacía.

Uno de los retos a los que se enfrentará el sector legal es el Teletrabajo, ya que, algunos despachos profesionales podrían no garantizar la distancia mínima requerida, por el tamaño de los locales o se verán obligados a reorganizar los horarios de sus trabajadores. Por todo ello, el teletrabajo, seguirá siendo la mejor opción incluso cuando hayan finalizado las fases de desescalada, pues la mejor manera de ofrecer flexibilidad que los abogados necesitan en esta situación, a la vez que garantizan todas las medidas de higiene y distancia social.

Además, la adopción de tecnología para mantener el despacho será permanente y no una medida temporal, toda vez que la mayoría ha optado por adquirir softwares de gestión de los clientes, expedientes, gestores, documentos y otras herramientas que permitan mantener reuniones por videollamada o atender consultas de manera online. Por lo que, es necesario mantener la operación remota y buscar soluciones tecnológicas que solventen las necesidades del mercado, pero sobre todo, lograr una familiarización completa con las herramientas a utilizar para aprovechar completamente su potencial.

El distanciamiento social al que se verá inmersa toda la sociedad por el miedo latente de regresar a una “Nueva Normalidad”, afectará  la atención al cliente de los despachos. Por lo que el trato cercano y personalizado tenderá a ofrecerse a través de canales de comunicación online, teniendo en consideración tanto el uso correcto del correo electrónico y videollamadas, así como, la gestión de redes sociales, páginas web y canales de contacto directo con el despacho que permitan la visibilidad del mismo negocio.

Asimismo, en los próximos meses habrá un incremento de asuntos en los órganos judiciales, tanto por la suspensión de actividades de los mismos, como por los asuntos derivados de la contingencia sanitaria. Por esta razón, la potencialización de áreas como derecho laboral, mercantil, familiar o corporativo serán materia de formación diaria para el abogado contemporáneo.

Ante el escenario imprevisible, la cautela y la capacidad de adaptación son herramientas infalibles para continuar con las operaciones en el sector. Los negocios que reaccionen antes y brinden soluciones a la problemática actual, tendrán una ventaja competitiva sobre aquellos que no lo hagan.

En este sentido, el teletrabajo, la digitalización del sector jurídico y la actualización de conocimientos son los principales desafíos que deberá afrontar la abogacía para garantizar la estabilidad social, evitar el colapso del sistema y adaptarse a los nuevos escenarios.

Lic. Génesis Moyeda Salazar

Gloria Ponce de León & Hernández

Lineamientos técnicos específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas

Lineamientos técnicos específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas

Mucho se ha hablado del regreso y reactivación de la rama económica en nuestro estado y/o país durante la Pandemia Covid-19, sin embargo, incluso para esta parte debe haber ciertas medidas y lineamientos básicos para el adecuado retorno a una “nueva normalidad”, mismo que menciono a continuación:

  1. Ámbito de aplicación y objetivo

Esto se refiere a que es de aplicación general a todos y cada uno de los centros de trabajos, públicos y privados, con el fin específico de establecer medidas puntuales para un sano regreso de las actividades económicas.

  1. Estrategia de continuidad o retorno a las actividades

El Gobierno Federal definió este proceso que consta de 3 distintas etapas para el regreso a las actividades económicas.

La primera de ellas tenía exclusividad para todos aquellos municipios sin contagios, la segunda en la ampliación de las actividades esenciales y una tercera etapa que consiste en que en base a un semáforo epidemiólogo definirá que actividades estarán autorizadas en los ámbitos económico, laboral, social y escolar.

  1. Principios rectores

Durante el proceso para reactivar las actividades que fueran consideradas como no esenciales en un principio, se deberán prevalecer las siguientes:

  • Privilegiar la salud y la vida
  • Solidaridad y no discriminación
  • Economía moral y eficiencia productiva
  • Responsabilidad compartida
  1. Categorización del centro de trabajo

Existen 4 valores distintos a considerar por las empresas en esta reapertura de las actividades económicas para que el regreso a la nueva normalidad se dé de manera correcta y son las siguientes:

  • Identificar tipo de actividad
  • Nivel de riesgo epidemiólogo
  • Tamaño del centro de trabajo
  • Características internas del centro de trabajo
  1. Estrategias generales de promoción de la salud y seguridad sanitaria en el entorno laboral

Cada centro de trabajo que vaya retomando actividades deberá forzosamente implementar de manera obligada las siguientes estrategias que recomienda la autoridad competente:

  • Promoción a la salud
  • Protección a la salud
  • Sana distancia
  • Control de ingreso/egreso
  • Medidas de prevención de contagios
  • Uso de equipo de protección personal
  1. Vigilancia y supervisión

El centro de trabajo deberá, en todo momento, implementar medidas de vigilancia en las distintas áreas a fin de que estas cumplan con las recomendaciones hechas por la autoridad competente, que incluye, más no se limitan a verificar la provisión suficiente de agua, jabón toallas desechables, así como soluciones a base de alcohol, llevar registro del personal en resguardo domiciliario, establecer mecanismo de seguimiento para personal en aislamiento, entre otros.

  1. Medidas de protección para la población vulnerable en centros de trabajo ubicados en regiones designadas de alerta alta e intermedia

En este punto la autoridad competente recomienda tener ciertas consideraciones que varían desde priorizar el trabajo a distancia, identificar al personal vulnerable, sana distancia, permitir acceso en distintos horarios y establecer zonas exclusivas en áreas de alimentos.

  1. Medidas de seguridad sanitaria en el entorno laboral

Estas pueden variar dependiendo de diferentes parámetros, sin embargo, las que prevalecen siempre en todas las recomendaciones sanitarias son las ya conocidas por la el sector laboral y que aplican a los parámetros de una nueva normalidad en diferentes áreas, mismas que son la sana distancia, medidas sanitarias de prevención y cuidado, mantener las manos limpias, el uso correcto de utensilios de apoyo, correcto posicionamiento de las manos al estornudar, entre otros.

Lo más importante, más allá de las recomendaciones del personal de salud es la correcta forma y uso de nuestro cuerpo en situaciones diarias, desde la prudencia para estornudar o agravar más un espacio concurrido, hasta el resguardo por cuenta propia en caso de presentarse algún síntoma.

Además, a la información que se presenta anteriormente, es importante que cada uno investigue de cuentas oficiales cuales son las recomendaciones completas y detalladas de las autoridades sanitarias.

Licenciado Antonio Quiroga Trápala

Gloria Ponce de León & Hernández

Nuevas disposiciones FINTECH relativas a las APIs

Nuevas disposiciones FINTECH relativas a las APIs

El día de ayer se publicó en el Diario oficial de la Federación (DOF) las disposiciones de carácter general relativas a las  interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas para las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) mismas que entran en vigor el día de hoy, estas disposiciones se tenían previstas que se emitieran por parte de la CNBV a los 24 meses de la publicación de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

Las disposiciones publicadas tienen su fundamento en el artículo 76 de la ley Fintech y contienen los requisitos que deberán cumplir solicitantes y proveedores de datos financieros abiertos, datos agregados y datos transaccionales.

Es importante resaltar que, a partir de estas disposiciones cualquier proveedor de datos deberá primero solicitar autorización, registro y/o modificación a sus contraprestaciones ante la CNBV para poder operar, de igual manera se pide que estos tengan claros los procesos, mecanismos, controles y sobre todo políticas de seguridad para el intercambio de información con sus solicitantes.

Los proveedores de datos a su vez tendrán que considerar que deberán reportear cualquier incidente de seguridad en la información, interrupción de acceso por parte de incumplimientos de los solicitantes a la CNBV

Así mismo la CNBV da a conocer los requisitos que deberán contener los programas de regularización mismos que serán aplicables para las entidades financieras, ITF, Transmisoras de dinero y las sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos, entre los requisitos encontramos los siguientes:

  1. Señalar las acciones que habrán de implementar para observar las obligaciones previstas en las disposiciones que hayan incumplido,
  2. Especificar las etapas y plazos de cada una de las acciones a implementar, así como las personas responsables de llevar a cabo tales acciones. En ningún caso la ejecución y cumplimiento del programa de regularización deberá exceder de 3 meses contados a partir de su autorización,
  3. Las medidas tendientes a prevenir nuevos incumplimientos.

Lic. María Galaviz

Gloria Ponce de León & Hernández