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21 May

Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral

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Con fecha 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la re-apertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como se establecen acciones extraordinarias.

Con fecha 15 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se hacen precisiones al antes citado acuerdo. Que en dicho Acuerdo en el artículo cuarto establece que la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarias de Economía y del Trabajo y Previsión Social; así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social publicará los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral.

¿Que contienen estos lineamientos?

Los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, contienen principios y estrategias sobre las medidas de promoción de la salud, de protección de la salud y para el cuidado de poblaciones vulnerables, que deben considerarse para la elaboración del Protocolo de Seguridad Sanitaria. Dichos Lineamientos servirán de obligada aplicación para las acciones y planes para el inicio de las actividades consideradas como esenciales de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte.  Asimismo, se constituirán en el referente del resto de las actividades esenciales. Las empresas que se encuentran operando bajo este precepto, deberán utilizar estos lineamientos para fortalecer su funcionamiento en torno a la prevención de la infección por SARS-CoV-2.

¿Cuáles son los principales pasos para el cumplimiento de los lineamientos?

  • Establecer los protocolos de seguridad sanitaria.
  •  Responder el documento denominado “Auto evaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria” dentro de la página http://nuevanormalidad.gob.mx/, dentro de esta página se deberán responder los datos generales de identificación que dicha plataforma contenga y cumplimentar la Carta Compromiso.
  • En un plazo no mayor a 72 horas, el IMSS emitirá un veredicto sobre cumplimiento o no de Protocolo de Seguridad Sanitaria, con las siguientes vertientes de respuesta: Aprobado, No Concluyente, Denegado.
  • Se deberán considerar los principios rectores los cuales serán necesarios para la correcta toma de decisiones e implementación exitosa de los planes de retorno al trabajo.
  • Implementar estrategias y políticas de control ya que estas son indispensables y fundamentales para contener el contagio del COVID-19.

 

En Gloria Ponce de León y Hernández nos ponemos a su disposición para llevar a cabo este procedimiento en materia de salud.

Licenciada Giselle Villanueva Chagoya

Gloria Ponce de León & Hernández

 

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